El edificio de «cero emisiones» es la clave en la nueva Directiva europea publicada sobre rehabilitación y sistema de certificación energética

Recientemente se ha publicado nueva Directiva europea que va a marcar los planes de rehabilitación nacionales y el nuevo sistema de certificación energética de los edificios. La norma entra en vigor el 29 de mayo de 2024 y no supone un cambio brusco ya cada Estado miembro tiene un plazo de dos años para trasladarla a su marco legislativo. En el caso de España, el Real Decreto que ponga en marcha el Gobierno será la norma de referencia y seguirá los procedimientos habituales de información, aportaciones y seguimiento.  En la Directiva publicada  2024/1275 relativa a la eficiencia energética de los edificios en concepto clave es el edificio de cero emisiones.

Edificio cero emisiones y potencial de calentamiento global (PCG) 

Se considera edificio de cero emisiones aquel con una demanda de energía muy baja, cero emisiones de carbono procedentes de combustibles fósiles in situ y cero o una cantidad muy baja de emisiones de gases de efecto invernadero operativas.

Para 2030, todos los edificios nuevos deben ser edificios de cero emisiones, y los edificios existentes deben transformarse en edificios de cero emisiones antes de 2050.

La norma europea también establece unos plazos para que los edificios de nueva construcción sean edificios de cero emisiones:

  • a partir del 1 de enero de 2028, los edificios de nueva construcción propiedad de organismos públicos, y
  • a partir del 1 de enero de 2030, todos los edificios de nueva construcción .

En las certificaciones de eficiencia energética del edificio se incluirá como novedad el potencial de calentamiento global (PCG). Este indicador mide las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) asociadas al edificio en distintas fases a lo largo de su ciclo de vida. Por lo tanto, mide la aportación del edificio a las emisiones que contribuyen al calentamiento global de la Tierra y los efectos conexos sobre el cambio climático. En este sentido se insta a que las normativas de los países miembro implique la inclusión de PCG para todos los edificios de nueva construcción con una superficie útil superior a 1 000 m2 que se extenderá a todos los nuevos a partir del 1 de enero de 2030.

La nueva Directiva no marca unos requisitos en cuanto a valores de consumo, pero da directrices a los Estados miembros para que velen por que el uso medio de energía primaria en kWh/(m2.a) de todo el parque inmobiliario residencial se reduzca en comparación con 2020 como mínimo un 16 % antes de 2030 y un 22% antes de 2035. Se fijan otra serie de objetivos de reducción más a largo plazo como que a partir de 2040 y posteriormente cada cinco años, sea equivalente o inferior a un valor determinado a nivel nacional derivado de una disminución progresiva del uso medio de energía primaria de 2030 a 2050, en consonancia con la transformación del parque inmobiliario residencial en un parque inmobiliario de cero emisiones.

Pasaporte de renovación del edificio

Antes de 2026 se debe introducir un sistema para pasaportes de renovación, que será de uso voluntario por los propietarios de edificios a menos que el Estado miembro decida hacerlo obligatorio. También la Directiva describe  incentivos financiero, capacidades y barreras del mercado para la rehabilitación de edificios e insta a los Estados a promover el desarrollo y uso eficaz de instrumentos como, por ejemplo, tipos impositivos reducidos para las obras y los materiales de renovación. También en la necesidad de vincular las medidas financieras de las renovaciones energéticas de los edificios teniendo en cuenta la eficiencia energética de los equipos o materiales utilizados para la renovación y la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, en cuyo caso los equipos o materiales utilizados para la renovación serán instalados por un instalador con el nivel pertinente de certificación o cualificación.

Como resultado de la Directiva, se modificarán los certificados de eficiencia energética, antes de mayo de 2026. La letra «a» corresponderá a los edificios de cero emisiones, y la letra «g» corresponderá a los edificios menos eficientes del parque inmobiliario nacional en el momento de la introducción de la escala.

>> Consulte aquí la normativa europea completa.

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